Aprobada la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos
A partir de la entrada en vigor del decreto sobre las normas de calidad, habrá solo tres denominaciones de venta frente a las cuatro existente hasta ahora: de bellota, de cebo de campo y de cebo. Se elimina el recebo como denominación comercial. El etiquetado deberá indicar, además el tanto por ciento de raza ibérica, y en lugar destacado en los demás casos. La expresión pata negra únicamente se utilizara para los productos de bellota 100% ibéricos.
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